El artículo 29 de la Ley del Impuesto de Sociedades indica los tipos impositivos en Impuesto de Sociedades; y en la Disposición Transitoria 44 se establece la bajada de los mismos de forma escalonada:
El tipo general de las sociedades con cifra de negocios superior a 10 millones de € y de las sociedades patrimoniales, no experimenta cambios, seguirá siendo del 25%.
Pero para las sociedades que facturen menos de 10 millones de € hay bajadas importantes.
A.- Las Empresas de Reducida dimensión (aquellas que el año anterior facturaron menos de 10 millones €), tendrán un tipo impositivo del 24% en 2025, del 23% en 2026, del 22% en 2027 del 21% en 2028 y finalmente del 20% desde 2029 en adelante.
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E.Reducida Dimension |
2024 | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 |
| Tipo Impositivo | 25% | 24% | 23% | 22% | 21% |
20% |
B.-Y esta reducción es aún más importante para las MicroPYMES (aquellas que el año anterior facturaron menos de 1 millon de €). Tendrán tipos impositivos aún mas reducidos con un periodo transitorio más corto, llegando a los tipos más reducidos en 2027.
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MicroPYME |
2024 | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 |
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Hasta 50.000 € |
23% | 21% | 19% | 17% | 17% |
17% |
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Mas 50.000 € |
25% | 22% | 21% | 20% | 20% |
20% |
C.- Entidades de nueva creacion. Sin cambios, continuan tributando al 15%, los dos primeros años que se obtenga beneficio. Es indispensable que los socios no hayan realizado esta actividad anteriormente, ya sea como autonomos o con otra empresa.
Nota: No se exponen en este post, los tipos impositivos de otros tipos de entidades
